AUXILIOS
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condiciones
Con el fin de mejorar el pago de los auxilios de salud y funeraria que cubren la compra de gafas, medicamentos u odontología y la muerte del familiar según el grupo básico
inscrito, Fondeicon ha determinado realizar desembolsos 2 veces al mes.
- Para recibir el pago del auxilio el día 15 de cada mes, debe radicar documentos que cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento de Bienestar Social entre los días 21 al 05 de cada mes.
- Para recibir el pago del auxilio el día 30 de cada mes, debe radicar documentos que cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento de Bienestar Social entre los días 06 al 20 de cada mes.
- En caso de que el 15 o 30 sea festivo o fin de semana en el calendario, se tomará el día hábil inmediato para el respectivo desembolso.
- Estos auxilios aplican para el Asociado y grupo familiar básico inscrito.
Auxilios póliza sura
- Incapacidad.
- Maternidad y/o paternidad.
- Hospitalización y/o UCI.
- Muerte del asociado.
- Los pagos se programan 30 días hábiles después de radicado los documentos a conformidad con el área de Seguros.
- Los eventos se cubren desde el inicio de la póliza (01/04/2023) hasta la fecha de finalización (31/03/2024).
- Estos auxilios solo aplican para el asociado.
Auxilios de salud
- Factura con el respectivo sello de cancelado y sin enmendaduras.
- Fotocopia del RUT del establecimiento.
- Fórmula médica o prescripción, según sea el caso.
- La factura no puede superar 1 mes de cancelada.
Auxilio funerario por muerte de familiares
- Fotocopia del acta de defunción (notarial).
- Registro civil de nacimiento o acta de matrimonio.
- Fotocopia de cédula del asociado.
- Declaración extrajuicio en caso de unión libre o hijastros.
- Antigüedad de 6 meses para solicitar el auxilio.
Auxilio de incapacidad
- Fotocopia de la incapacidad legible.
- Fotocopia de la historia clínica completa del evento.
- Fotocopia de cédula del asociado.
- No se aceptan incapacidades de particulares.
- Aplica a partir del día número 12 y se cubre máximo 5 días.
Auxilio de paternidad y/o maternidad
- Acta de nacimiento o registro civil (notarial).
- Fotocopia de cédula del asociado.
- Si ambos son asociados, se les otorga a cada uno.
Auxilio funerario por muerte del asociado
- Certificado de defunción del Asociado (Notarial y del DANE).
- Documento que demuestre el parentesco de la persona que va a reclamar el auxilio.
- Cobertura a partir del primer mes de descuento.
Eventos que no cubre la Aseguradora
Tener en cuenta que no se genera cobertura por parte de la póliza SURA cuando los eventos son consecuencia directa o indirecta de:
Intoxicaciones
Hernias de cualquier clase
Cirugías estéticas o plásticas
Incapacidades en estado de embarazo
Lumbalgias o espasmos musculares
Trastorno de sueño, enfermedades psiquiátrica
enfermedades psicológicas, alcoholismo o drogadicción
Cualquier otra que se encuentre dentro de las condiciones de exclusiones de la póliza